Modela con rigor matemático tus posturas, gastos de adjudicación y proyección de retorno antes de licitar. Fórmulas respaldadas en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y el Estatuto Tributario colombiano.
Proyecta la viabilidad económica completa para bienes inmuebles y vehículos. Calcula depósito del 40% (Art. 451 CGP), base de licitación del 70% (Art. 448 CGP), arancel judicial del 5% (Ley 1743 de 2014), adecuaciones, impuestos de registro, comisión de corretaje, tratamiento de pasivos y análisis de sensibilidad de precios.
Determina la retención tributaria del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) en consignaciones de depósitos judiciales ante el Banco Agrario y retiros bancarios para posturas de remate (Arts. 871 y 872 del Estatuto Tributario).